Contratación pública

Contratación pública

Las licitaciones públicas en Irlanda se rigen por la siguiente normativa S.I. No. 284/2016 - European Union (Award of Public Authority Contracts) Regulations 2016.

Para nuevos concursos, la nueva normativa vigente se puede consultar a través del siguiente enlace: http://www.irishstatutebook.ie/eli/2016/si/284/made/en/print

Para licitaciones vigentes a partir del 18 de abril de 2016 con la Administración Pública irlandesa son de aplicación los reglamentos S.I. No. 284 de 2016 (Award of Public Authority Contracts), S.I. No. 286 de 2016 (Award of Contracts by Utility Undertakings) y S.I. No. 203 de 2017 ( Award of Concession Contracts), que transponen las Directivas Comunitarias en materia de contratación pública a la legislación nacional irlandesa.

Las nuevas normas no se aplican a procedimientos de adjudicación de contratos o a concursos de proyectos iniciados antes del 18 de abril de 2016 (la fecha de entrada en vigor). En este contexto, véase el Artículo 86 del Reglamento de la Unión Europea (Adjudicación de Contratos Públicos) 2016. En el caso de contratos con valores estimados superiores a los umbrales establecidos por las Directivas Comunitarias, se seguirán las disposiciones de dichas Directivas en cuanto a que el concurso debe estar abierto a ofertas de toda la UE y debe ser publicado en el DOUE.

Para ampliar la información sobre licitaciones según la UE, puedes acceder a través de este link.

Asimismo, cuando un proyecto esté total o parcialmente financiado con fondos europeos, será también necesario acogerse a las citadas disposiciones. En cuanto a las normas irlandesas, el principio general es seguir un procedimiento competitivo de licitación, salvo que existan circunstancias excepcionales, en cuyo caso será necesario contar con la autorización del "Government Contracts Committee".

Puede consultarse toda la normativa vigente para los contratos públicos irlandeses, así como los umbrales y las disposiciones de las Directivas europeas en la siguiente página: www.etenders.gov.ie y también en el siguiente link. Cabe llamar la atención sobre la lentitud del proceso irlandés de adjudicación de contratos 15 públicos, que en ocasiones se ve ralentizado por el excesivo recurso a consultores externos y las amplias posibilidades para presentar recursos legales.En el caso de contratos con un valor estimado superior al umbral establecido por las Directivas Comunitarias (200.000€), se seguirán las disposiciones de dichas Directivas en cuanto a que el concurso debe estar abierto a ofertas de toda la UE y debe ser publicado en el DOUE. Asimismo, cuando un proyecto esté total o parcialmente financiado con fondos europeos, será también necesario acogerse a las citadas disposiciones.

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